Reglamento

La FUNDACIÓN INSTITUTO HIPÓLITO UNANUE, creada bajo los auspicios de la Industria Farmacéutica Nacional con el fin de lograr uno de sus objetivos a favor de la enseñanza de las Ciencias Médicas, en sus ramas de Medicina, Odontología y Farmacia, ha instituido este tipo de ayuda económica a estudiantes aplicados, universitarios de los últimos años, que estudian en cualquier lugar del país y que por razones económicas les sea necesario obtener “Préstamos de Honor” para culminar su carrera universitaria.

Los referidos “Préstamos de Honor” se otorgarán anualmente bajo las condiciones y normas reglamentarias siguientes:

  1. Los “Préstamos de Honor” se otorgarán a los estudiantes universitarios que estudien en el país, que sean aprovechados y que por razones económicas necesiten un Préstamo para seguir su carrera.
  2. Se otorgarán a estudiantes comprendidos en el item anterior, dando preferencia a aquellos universitarios que cursen los años superiores. En Medicina, para los tres últimos años; en Farmacia y Odontología, para los dos últimos años
  3. Como norma general, los “Préstamos de Honor” se darán hasta la culminación de los estudios universitarios y periódicamente serán revisados para comprobar si subsisten las condiciones para su continuidad hasta el termino de los estudios, es decir, si las solicitudes pueden ser renovadas.
  4. La calificación de los postulantes y la revisión periódica de los Préstamos otorgados será efectuada por el Consejo Directivo de la Fundación.
  5. El Consejo Directivo, o quien éste designe, tomará en cuenta para la calificación de los postulantes, los datos, informes, certificados y demás comprobantes que acrediten el merecimiento. Se exigirá un informe de la Facultad sobre el rendimiento del alumno. Estos documentos personales del postulante deben ser extendidos por las Universidades, autoridades políticas y otras fuentes de información a solicitud del propio interesado. Los Certificados de Estudios serán actualizados a los seis meses de concederse el “Préstamo de Honor”.
  6. El postulante llenará un formulario en el que tendrá que declarar sus generales de ley y llenar todos los datos que se le soliciten para su calificación, así como adjuntar los documentos que se le requiere.
  7. Los “Préstamos de Honor” que la FUNDACIÓN INSTITUTO HIPÓLITO UNANUE acuerde, se entregarán en armadas mensuales o entregas fraccionadas no periódicas y cada beneficiado otorgará el recibo correspondiente a la entrega.
  8. A pesar que los “Préstamos de Honor” son subsidios, cuyo reembolso está sujeto al compromiso que asume el beneficiario, éste se compromete ante la FUNDACIÓN INSTITUTO HIPÓLITO UNANUE a restituirlo con el fin de que la FUNDACIÓN pueda seguir beneficiando a nuevos estudiantes con préstamos similares. El porcentaje mínimo de la devolución es del 25% del monto otorgado en todos los años, teniendo un plazo máximo de 10 años para hacerlo, desde que el beneficiario culmine sus estudios.