Bioequivalencia y Biodisponibilidad de los medicamentos
Dr. José R. Juárez Eyzaguirre (*) En la actualidad los sectores oficiales, académicos, profesionales e industriales involucrados, aceptan que los estudios de bioequivalencia, en sus diferentes modalidades constituyen la vía más objetiva, expedita, segura y confiable, para establecer equivalencia terapéutica entre formulaciones de una misma droga. Asimismo, concuerdan que la exigencia de estos estudios es pertinente para el registro sanitario, la renovación del mismo (si no se contemplaron en el registro original) o cuando se solicita autorización a cambios posteriores a los registros, con base en una premisa fundamental: cada formulación farmacéutica de una misma droga es única en su comportamiento biofarmacéutico; por lo que potencialmente puede ser un factor determinante de la eficacia y seguridad de la respuesta clínica observada. En las nuevas regulaciones de las drogas bioequiva-lentes se definen como equivalentes farmacéuticos o alternativas farmacéuticas a medicamentos que se pueden comportar de igual manera en el organismo, productos que contienen cantidades idénticas de los ingredientes o a drogas activas con estándares: de identidad, calidad y pureza, incluyendo potencia y, cuando sea posible, uniformidad de contenido, tiempo de desintegración y/o velocidad de disolución (1). Al estudio de la biodisponibilidad de dos formulaciones farmacéuticas de un mismo principio activo, se denomina estudio de bioequivalencia. Si se concluye que las dos formulaciones son bioequivalentes, asumimos que producirán el mismo efecto terapéutico, bajo similares condiciones experimentales, ya sea a dosis simple o a dosis múltiple. Sin embargo, debe considerarse muy seriamente el hecho que si no se han hecho estudios farmacodinámicos, en muchos casos no debería asegurarse que son equivalentes terapéuticos. Para demostrar la bioequivalencia la FDA ha impuesto requerimientos de bioequivalencia para pruebas in vitro e in vivo, de productos de drogas especificadas, los cuales deben ser cumplidos como condiciones de mercadeo. Sin embargo debe hacerse notar que el concepto de estudios de bioequivalencia in-vitro, no es adecuado porque en estos casos no existe el ser biológico como elemento interviniente; debiendo sólo referirse a estos estudios como pruebas físico-químicas (2). La bioequivalencia nos permite demostrar que otros productos farmacéuticos son comparables con respecto a la performance biológica de un producto, de la misma droga aprobada, denominada como producto de referencia o producto innovador. El concepto de intercambiabilidad está íntimamente asociado al concepto de productos genéricos. El concepto de medicamento genérico está asociado a un mercado de mayor oferta y competencia de bienes, y, por ende, a precios inferiores a los de la situación de exclusividad previa (vigencia de la patente) Los genéricos son los medicamentos competidores del producto innovador, que aparecen en el mercado después del vencimiento de la patente de aquel. La intercambiabilidad es un concepto que responde a un criterio comercial y que no está asociado estrictamente a criterios de política sanitaria y protección de la salud (3). En la práctica, la mayoría de las preparaciones de un medicamento deben ser bioequivalentes para su utilización en la práctica médica rutinaria; es decir la biodisponibilidad de la mayoría de medicamentos ya sean identificados por su nombre genérico (Denominación Común Internacional) o por su nombre comercial, debería ser adecuada, iguales o comparables, para asegurar en el paciente el efecto esperado. Considerar que el objetivo del tratamiento es obtener concentraciones plasmáticas terapéuticas, en un período determinado y dentro del margen aceptable de tolerancia Además, las pruebas de biodisponibildad actuales, como lo indican las regulaciones, no intenta determinar la concentración de la droga en el lugar de acción de esta, sino en la circulación sistémica. Indudablemente, existen excepciones a esto, lo que ocurre, por ejemplo, cuando no es posible medir los niveles en sangre, entonces, las pruebas de biodisponi-bilidad son sustituidas por pruebas que midan resultados farmacológicos o clínicos (4). El grado de distribución del fármaco es una consecuencia de la distribución del mismo. Factores externos, relacionados con el proceso de elaboración, pueden alterar las características de la forma de dosificación, como: color, volumen, consistencia, textura o la calidad físico-química del preparado. Incluso, abrir el envase en un clima caliente o húmedo, puede traer como resultado un cambio en las características químicas del fármaco o del producto. Asímismo, la potencia del fármaco puede verse afectada por un mal acondicionamiento (5). Las autoridades sanitarias deberán promulgar normas o guías en las cuales la base de selección de metodologías in vivo e in vitro permitan determinar la bioequivalencia de los productos farmacéuticos. Es necesario también que se establezcan programas de entrenamiento de personal para la inspección y evaluación de instalaciones de producción, y para realizar estudios de bioequivalencia y/o de ensayos in vitro, en laboratorios bioanalíticos y otras actividades vinculadas a las tareas de evaluación y registro de medicamentos genéricos en las agencias de control de medicamentos. En aquellos países donde existan agencias nacionales de control de medicamentos, estas deben hacer cumplir las normas de control de los medicamentos a través de un sistema de inspección, y mediante programas que aseguren la presencia e integridad farmacológica del fármaco, recurriendo a diferentes mecanismos de control. De encontrarse productos que no se ajusten al protocolo de análisis deberán ser retirados del mercado, y los laboratorios fabricantes o los importadores de medicamentos tendrán que ser observados o no ser considerados como proveedores. Los programas gubernamentales deben contemplar la participación activa de los farmacéuticos y sus asistentes, pues estos son los profesionales más importantes para asegurar la calidad de los medicamentos, así como asegurar el sistema de información de los mismos. Un número pequeño de medicamentos requiere la cadena de frío. En general la gran mayoría de productos puede tolerar las inclemencias del clima siempre y cuando el empaque haya sido probado adecuadamente y permita su protección.Otros problemas pueden generarse debido al descono-cimiento de las Buenas Prácticas de Prescripción y su impacto en el uso racional de medicamentos, lo cual podría agravarse sin la aplicación de las Buenas Prácticas de Dispensación. Otro de los grandes desafíos de la biofarmacia, se centra hoy en día en darle valor a las pruebas in vitro y su correlación con los resultados in vivo, debido a las diferentes condiciones en que se va a encontrar el medicamento en cada una de estas situaciones. Asímismo, cabe preguntarnos si es correcto aceptar o apoyar el registro de medicamentos genéricos, basado en los estudios clínicos de los innovadores. De acuerdo a algunas de estas consideraciones, debemos preguntarnos si existe un lugar para los genéricos, o los debemos evaluar con estudios de biodisponibilidad (bioequivalencia). Si esto último no es lo correcto, debemos preguntarnos si hay expertos con experiencia comprobada que demuestren que el uso de los genéricos no afecta negativamente el control de las enfermedades. Estos comentarios sobre diversos aspectos relacionados con la biodisponibilidad y bioequivalencia, requieren de un reforzamiento y de un comentario que nos permitan llegar a establecer criterios de exigencia para los medicamentos que se registran y comercializan en nuestros países. Finalmente, hacemos un llamado a enriquecer los foros de discusión. Bibliografía
(*) Profesor Principal de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). |